Microfimap en cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del crédito vigente, indica que para su constitución y operación con el carácter de Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada, no requiere de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que para la realización de sus operaciones está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, únicamente para efectos de lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley Referida.
Incumplir tus obligaciones te puede generar Comisiones e Intereses moratorios.
Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio.